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LAPIDO, FERNANDO DIEGO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LAPIDO, FERNANDO DIEGO SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN

La Cámara Superior de Justicia rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en causa por condena por comercialización de estupefacientes, confirmando la valoración probatoria y la fundamentación legal de la fallo de primera instancia.

Fundamentacion del recurso Apreciacion de la prueba Intimacion Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Deposito previo Comercializacion ilegal de estupefacientes Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Falta de integracion


- Quién demanda: Fernando Diego Lapido, a través de su abogado Claudio Ariel Azzi

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisión del recurso de inconstitucionalidad y la revisión de la sentencia condenatoria de cuatro años de prisión y multa por comercialización de estupefacientes

¿Qué se resolvió?

La Sala III declaró inadmisible la queja por falta de demostración de cuestión constitucional y arbitrariedad, confirmando la valoración probatoria y la fundamentación de la sentencia de primera instancia. Además, rechazó la solicitud de integración del depósito judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La defensa no logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional ni que la decisión judicial sea arbitraria, limitándose a cuestionar hechos y pruebas. "Los jueces dieron tratamiento a los asuntos relevantes y fundamentaron su decisión en la evaluación de un conjunto de pruebas que, a su juicio, permitían confirmar la conducta atribuida." La valoración de la prueba, incluyendo testimonios y análisis del contenido del celular, fue considerada adecuada y no arbitraria. "Dichos extremos, a criterio de los magistrados, dan cuenta de que el imputado tuvo el dominio del hecho y la ejecución como autor directo de la conducta típica." La queja no cumple con el requisito de crítica concreta y fundamentada del auto denegatorio. "Es requisito necesario de la queja que contenga una crítica concreta, desarrollada y fundada del auto denegatorio." La resolución del Tribunal se ajusta a la jurisprudencia del Tribunal Superior respecto a cuestiones de hecho y prueba, que no suscitan la competencia extraordinaria salvo casos excepcionales. "Esta clase de controversias remite a cuestiones de hecho, prueba e interpretación infraconstitucional que, salvo casos excepcionales, no suscitan la competencia de este Tribunal." Se ratifica el rechazo del pedido de integración del depósito judicial, dada la ausencia de exenciones legales o beneficios de litigar sin gastos.

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