INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS MARCOVICH, ALEJANDRA MIRTA SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resuelve la competencia en incidente de incompetencia en causa por amenazas y hostigamiento, confirmando la competencia del fuero local, tras considerar el archivo de la causa en el fuero contravencional y la jurisprudencia vigente.
- Quién demanda: No procede en este incidente, ya que la controversia se centra en la competencia jurisdiccional.
¿A quién se demanda?
No aplica en el incidente, sino que se decide sobre la competencia jurisdiccional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión de competencia en una causa por amenazas y hostigamiento en la que se discutía si correspondía la jurisdicción local o nacional.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires concluyó que la competencia corresponde al fuero local, en virtud de que la conducta tipificada en el art. 181, inc. 3°, del CP, conocida como turbación de la tenencia, es de competencia de los tribunales porteños, y ordenó la conclusión del incidente y su remisión al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 19.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces Ruiz, De Langhe, Weinberg y Otamendi indicaron que, debido al archivo dispuesto por la fiscalía local por falta de pruebas, no existía conflicto alguno que debiera ser resuelto, y que el incidente devino abstracto. El juez Lozano expresó que la conducta en cuestión, la turbación de la tenencia, es de competencia local y que la causa debía radicarse allí, independientemente de que la imputación pudiera ampliarse a otras figuras. La jurisprudencia citada, especialmente la sentencia en re “Bazán” (Fallos: 342:509), sustenta la competencia del tribunal local en estos casos.
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