GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN MOREL, MIRTA ESTELA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PÚBLICO - OTROS
La Cámara de Apelaciones rechazó la queja del GCBA por denegación del recurso de inconstitucionalidad y confirmó la constitucionalidad de la resolución de primera instancia que ordenó la reducción de la jornada laboral del actor, fundamentando en la interpretación de normativa infraconstitucional y la inexistencia de arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
Mirta Estela Morel, enfermera franquera en el Instituto Oftalmológico “Dr. Pedro Lagleyze”.
¿A quién se demanda?
GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
- Objeto de la demanda: que se readecuara su carga horaria laboral a un máximo de 6 horas diarias y 30 semanales, sin reducción salarial, alegando tareas insalubres.
- Decisión del tribunal: Rechazo del recurso de inconstitucionalidad del GCBA, confirmando la constitucionalidad y legalidad de la sentencia de primera instancia que ordenó la reducción horaria sin afectar el salario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el recurso de inconstitucionalidad no era procedente porque las cuestiones discutidas no involucraban interpretación de normas constitucionales, sino la aplicación de leyes infraconstitucionales (leyes 11.544, 20.744, 24.004, 298, 471, decreto 937/07).
- La queja del GCBA no logró articular argumentos suficientes para demostrar que la resolución de grado fuese arbitraria o vulnerara principios constitucionales.
- La jurisprudencia reiterada del Tribunal establece que el recurso de inconstitucionalidad requiere una crítica fundada y concreta a los motivos de la decisión, lo cual no ocurrió en este caso.
- La sentencia también afirmó que no existía arbitrariedad en la interpretación normativa que llevó a la reducción de la jornada laboral, ni gravedad institucional que justifique la revisión.
- La resolución fue fundada en la interpretación de normas infraconstitucionales relacionadas con la salud laboral y la jornada de trabajo de enfermeros franqueros, sin que se demostrara que dicha interpretación fuera irrazonable o arbitraria.
- La decisión fue mayoritaria, y en disidencia, la jueza Marcela De Langhe sostuvo que la resolución se sustentaba en fundamentos sólidos y que la normativa vigente era correcta, sin evidencias de arbitrariedad.
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