INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS PETIT, JESUS MARIA SOBRE 201 - VENDER, PONER EN VENTA, ENTREGAR O DISTRIBUIR MEDICAMENTOS O MERCADERIA PELIGROSOS P/ SALUD
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 2 en causa por venta de medicamentos y productos peligrosos, confirmando la interpretación de los convenios de transferencias penales y la naturaleza del hecho. La decisión resuelve la contienda de competencia entre tribunales locales y nacionales.
- Quién demanda: No corresponde en esta resolución.
¿A quién se demanda?
No corresponde en esta resolución.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de competencia en un asunto penal relacionado con la venta de medicamentos y productos peligrosos.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires decidió declarar competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 2 para conocer en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces Lozano, Otamendi y De Langhe fundamentaron que, en virtud del criterio establecido en el precedente "Bazán" (Fallos: 342:509), la competencia en casos donde la contienda se produce entre tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recae en el Tribunal Superior de Justicia.
La jueza Ruiz sostuvo que, conforme a dicho criterio y a la naturaleza del hecho investigado (venta de productos peligrosos bajo el art. 201 del CP), corresponde atribuir la competencia al fuero nacional, ya que la conducta no fue transferida a la justicia local y se relaciona con la ley nacional de medicamentos.
La jueza Weinberg coincidió en que la maniobra consistió en la puesta en venta de materiales peligrosos, que por su carácter y antecedentes normativos debe ser considerada bajo la competencia del fuero nacional, conforme a los convenios de transferencias penales.
El Fiscal General Adjunto apoyó la competencia del fuero nacional, remarcando que la conducta investigada encuadra en el art. 201 del CP y no fue transferida a la justicia local.
- La resolución concluye que corresponde declarar competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 2, remitiendo las actuaciones y notificando a las partes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: