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AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO (ACA) CONTRA GCBA SOBRE REPETICION (ART. 457 CCAYT)

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires concede parcialmente el recurso extraordinario federal del Automóvil Club Argentino, fundamentando que la cuestión planteada involucra interpretación de la coparticipación federal y el alcance del art. 9 de la ley 23.548, en línea con fallos de la Corte Suprema, pero rechaza otros agravios por falta de relación constitucional directa y motivos procesales.

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Quién demanda: Automóvil Club Argentino (ACA)

¿A quién se demanda?

GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición del impuesto sobre los Ingresos Brutos (art. 457 CCAYT) y cuestionamiento de la constitucionalidad del cobro del ISIB en actividades sin fines de lucro, alegando violación del régimen de coparticipación federal y del art. 9 de la ley 23.548.

¿Qué se resolvió?

Se concede parcialmente el recurso extraordinario en relación a la cuestión federal sobre la interpretación del art. 9 de la ley 23.548 y el alcance del compromiso provincial en la distribución del impuesto, confirmando que la jurisprudencia de la Corte Suprema respalda el planteo del ACA. Se rechazan otros agravios por considerarlos ajenos a la vía extraordinaria y por insuficiente fundamentación constitucional. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema en Fallos: 347:237 (Cooperativa Farmacéutica) sostuvo la interpretación del art. 9 de la ley 23.548 que limita la competencia de las provincias en la recaudación del ISIB en actividades sin fines de lucro.
- El juez Lozano destaca que la jurisprudencia nacional ha reconocido que la cuestión de la distribución de los impuestos y la compatibilidad con la coparticipación federal es una cuestión de relevancia constitucional y federal que justifica la concesión del recurso.
- La jueza Langhe consideró que la impugnación del ACA cumplía con los requisitos del art. 14 de la ley 48, pero también que los agravios sobre la competencia y la constitucionalidad no estaban suficientemente fundamentados ni vinculados a una cuestión federal concreta.
- La mayoría del tribunal concluye que la interpretación del régimen tributario y su compatibilidad con la ley 23.548 es una cuestión federal que amerita la concesión del recurso, pero limita el análisis a esa temática, rechazando otros planteos relacionados con aspectos de hecho y prueba.
- Se recuerda que la mera mención de preceptos constitucionales no basta, y que la revisión de sentencias por arbitrariedad requiere deficiencias lógicas o ausencia de fundamentos normativos, no simples errores de valoración.

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