GUERRINI, DIEGO CARLOS S/ AMENAZAS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 15 en la causa por amenazas simples, rechazando la recusación del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 31 y siguiendo el criterio establecido por la Corte Suprema en “Bazán”.
- Quién demanda: La causa fue impulsada por la Fiscalía en la causa penal por amenazas simples.
¿A quién se demanda?
A Diego Carlos Guerrini, imputado por enviar mensajes intimidantes vía WhatsApp.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 15 para entender en el expediente.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Tribunal N° 15, remitiendo las actuaciones y rechazando la recusación del Juzgado N° 31, en línea con lo resuelto por la CSJN en “Bazán”.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509) estableció que, en conflictos de competencia entre magistrados con jurisdicción en la Ciudad Autónoma, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver. La recusación contra el Tribunal N° 15 fue desestimada, dado que la causa ya avanzó en la justicia nacional, y resulta más eficiente mantener la intervención del tribunal que había comenzado el proceso. La resolución del tribunal consideró además que la competencia debe mantenerse en línea con el criterio de la Corte Suprema, priorizando la eficiencia y el grado de conocimiento alcanzado en la causa. La opinión del Fiscal Adjunto fue en sentido de mantener la competencia del tribunal en función del avance procesal y la economía procesal. La discrepancia de algunos jueces respecto a la interpretación del trámite previo fue resuelta en mayoría, confirmando la competencia del Tribunal N° 15. Se remite la causa al tribunal competente y se notifica a las partes.
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