INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS CASARES, MARIA DE LAS MERCEDES Y OTROS SOBRE 201 - VENDER, PONER EN VENTA, ENTREGAR O DISTRIBUIR MEDICAMENTOS O MERCADERIA PELIGROSOS P/ SALUD
La CSJN resolvió la competencia en un incidente de competencia en causa penal relacionada con comercialización de productos peligrosos en la Ciudad de Buenos Aires. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad confirmó la competencia del juzgado local, priorizando la eficiencia y el trabajo ya realizado por la justicia local.
- Quién demanda: La fiscalía local y las empresas denunciante.
¿A quién se demanda?
Imputados vinculados con la comercialización de productos cosméticos sin certificaciones y en condiciones de riesgo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La competencia del juzgado nacional sobre la causa por hechos relacionados con la venta de sustancias peligrosas y falsificación de marcas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 25 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para entender en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Haciendo primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente, que atienda a la probabilidad de progreso del encuadre legal y a la actividad ya desplegada por la fiscalía local —que formalizó algunas imputaciones y propuso junto con algunos imputados una salida alternativa al juicio—, corresponde mantener la intervención del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 25. En efecto, ninguna de las figuras legales discutidas justificaría la intervención de la justicia nacional y, en caso de que la evolución de la investigación permitiere descartar definitivamente la competencia de la justicia local e hiciere posible la subsunción de los hechos en delitos de competencia federal, entonces correspondería a los órganos locales promover la intervención de la justicia de excepción."
- Disidencia de la jueza Ruiz: La competencia debe mantenerse en la justicia local por criterio de eficiencia y por el avance de la investigación ya desplegado.
- Voto mayoritario: Se declara competente al juzgado local, priorizando el interés de una justicia eficiente y la continuidad de las investigaciones en curso.
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