GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ASOCIACION CIVIL PRO AMNISTIA CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la solicitud de suspensión del proceso en la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado del GCBA y confirma que no existe justificación suficiente para apartarse de la regla que indica que la interposición de esta queja no suspende el trámite del proceso.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo que denegó su recurso)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se otorgue efecto suspensivo a la queja por inconstitucionalidad denegada, ante el riesgo de vaciamiento de la jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechaza la solicitud de suspensión del proceso planteada por el GCBA, considerando que no se aportaron razones suficientes para apartarse de la regla general de que la queja no suspende el curso del proceso, y ordena que continúe el trámite de la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso. Excepcionalmente este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (art. 33, ley 402). En este caso, el recurrente no brinda razones suficientes que permitan apartarse de la reiterada jurisprudencia de este Estrado según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido." "Los recurrentes no exponen argumentos suficientes sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permitan hacer excepción a la regla general." "No muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, ni que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal." "Por ello, se resuelve rechazar la petición de suspensión del proceso y continuar con el trámite de la queja."
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