GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) EN SCE Y OTROS C/ SGL S/ CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061 (EXPTE. N° 62381/2013)
La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe dirimir la competencia en la causa que involucra al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, tras la contienda de competencia planteada por la queja del GCBA. La decisión del TSJ de elevar la causa a la CSJN se fundamenta en la existencia de una controversia positiva de competencia no resuelta.
Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ) y Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare competente el TSJ para resolver sobre la inconstitucionalidad y la legalidad del rechazo del recurso de inconstitucionalidad y la decisión de la Sala F, que confirmó la resolución de primera instancia respecto de la multa por incumplimiento de una orden judicial.
¿Qué se resolvió?
El TSJ decidió remitir las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la contienda de competencia suscitada entre este tribunal y la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. La resolución indica que, dado que aún no recayó resolución sobre la cuestión planteada en la contienda, corresponde a la CSJN resolver sobre la competencia.
Fundamentos principales de la decisión:
- La causa está trabada en una contienda positiva de competencia, en la que aún no ha recaído resolución definitiva.
- La resolución de la Sala F de la Cámara Civil rechazó el recurso de inconstitucionalidad por considerar que la vía judicial no era procedente, basándose en que la cuestión ya había sido abordada en un incidente anterior.
- La queja del GCBA fundamenta que la resolución impugnada causa un gravamen irreparable, considerando que las sumas abonadas de más serían irrecuperables, y la califica de arbitraria, invocando fallos de la CSJN y precedentes del TSJ.
- La Sala F desestimó in limine el recurso por considerar que la ley 6452 fue sancionada por un órgano no facultado por la Constitución.
- La resolución también menciona la suspensión provisoria de la posibilidad de recurrir las sentencias de las Cámaras Nacionales ante el TSJ de la Ciudad, por lo que la queja fue considerada procedente.
- La decisión final es remitir las actuaciones a la CSJN para que resuelva sobre la competencia, dado que la contienda aún no ha sido dirimida.
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