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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en WAL MART ARGENTINA SRL CONTRA GCBA SOBRE IMPUGNACIóN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de impugnación de actos administrativos sancionatorios por omisión en el pago de impuestos. La decisión se fundamentó en la falta de vulneración constitucional y en que los agravios del GCBA eran meramente disensos con interpretaciones fiscales, sin afectar principios constitucionales.

Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Tributos Cuestiones de hecho y prueba Multa tributaria Omision de impuestos Infracciones tributarias Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Codigo fiscal de la ciudad autonoma de buenos aires Jurisprudencia del tribunal superior Declaracion jurada determinativa


- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

Wal Mart Argentina SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad respecto a sanciones por omisión en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y multas aplicadas en los períodos 12/2005 a 02/2007.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja del GCBA, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad de la decisión de la Cámara, que revocó las sanciones por no configurarse la omisión total o parcial del pago y por entender que la interpretación fiscal no vulneraba principios constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señaló que la interpretación de la norma del Código Fiscal no era arbitraria ni contraria a la Constitución. La sentencia de la Cámara se basó en precedentes que establecen que para aplicar la sanción por omisión en el pago del tributo, deben concurrir la omisión total o parcial y la presentación de la declaración jurada, lo cual no ocurrió en este caso, ya que el contribuyente presentó las declaraciones. La queja del GCBA no identificó una vulneración constitucional concreta, sino un disenso con la interpretación fiscal, que no es materia constitucional, y además no aportó argumentos sólidos que permitieran revisar la decisión en sede de inconstitucionalidad. La jurisprudencia reiterada del tribunal establece que las cuestiones de interpretación fiscal y sancionatoria, si no implican vulneraciones constitucionales, son de competencia de los órganos administrativos y judiciales ordinarios. La queja fue considerada genérica y carente de fundamentación suficiente, por lo que fue rechazada por unanimidad.

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