GÓMEZ, AGUSTÍN MARCIAL s/ DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PÚBLICO s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional decide mantener la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 18 en causa por desobediencia a funcionario y posible abuso sexual, priorizando la continuidad del proceso ante la justicia local, por su avance y vinculación con delitos de violencia de género.
¿Quién es el actor?
Agustín Marcial Gómez
¿A quién se demanda?
No identificado directamente en el extracto, pero se trata del acusado en la causa por desobediencia y abuso sexual.
- Objeto de la demanda: Impugnación sobre la competencia de los tribunales para juzgar la causa por desobediencia a funcionario y presunto abuso sexual.
- Decisión del tribunal: La Cámara declara la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 18, en base a que el proceso ya ha avanzado en dicho tribunal y que la intervención de la justicia local garantiza una administración de justicia eficiente y evita la fragmentación del proceso en delitos conexos vinculados a violencia de género. Además, se remiten las presentes actuaciones al tribunal competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto, reseñados en el punto 6 del título “Resulta” y a fin de hacer primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente que atienda al grado de conocimiento e intervención ya desplegado por los órganos de la justicia nacional, que llevaron a cabo toda la instrucción del proceso y en donde el caso ha avanzado hacia la etapa de juicio, corresponde mantener la actuación del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 18." "En todo caso, la imputación puede ser ampliada incluso hasta el debate y, eventualmente, en la sentencia el juez está facultado a dar a los hechos una calificación distinta a la contenida en la acusación, sin que sea necesario en ninguno de esos supuestos expedirse nuevamente sobre la competencia ya atribuida por este Tribunal (cf. TSJ, “Giordano”, expte. n° 16368/19, resolución del 25/10/2019)." La jueza Alicia E. C. Ruiz argumenta que la competencia del tribunal local se justifica por la continuidad y avance del proceso, además de que la investigación y juzgamiento de delitos conexos en violencia de género deben ser unificada en un solo tribunal. El resto de los jueces coincide en que, por la etapa procesal y el avance del caso, la competencia corresponde al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 18, remitiendo las actuaciones a dicho tribunal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: