GCBA CONTRA VIACART S A SOBRE EJECUCION FISCAL - ANUNCIOS PUBLICITARIOS
La Cámara Superior de la Ciudad de Buenos Aires confirmó que el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Viacart SA fue mal concedido por no involucrar una cuestión constitucional susceptible de revisión por este tribunal y por no tratarse de una sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
Viacart SA
¿A quién se demanda?
GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución judicial que rechazó el recurso de compensación y la ejecución fiscal por considerar que las cuestiones planteadas no constituyen un asunto constitucional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró que el recurso de inconstitucionalidad fue mal concedido, ya que no se trataba de una cuestión constitucional, sino de una valoración probatoria y jurídica de la ejecución fiscal. La sentencia impugnada no era definitiva y no involucraba derechos constitucionales que habiliten la revisión judicial en esta vía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Marcela De Langhe señaló que "las decisiones adoptadas en juicios de ejecución fiscal, en principio, no constituyen sentencias definitivas, por la posibilidad —frente al rechazo de sus pretensiones o defensas— del Fisco de librar una nueva boleta de deuda y del contribuyente de discutir su procedencia en un juicio ordinario posterior". Añadió que "la decisión judicial impugnada se sustentó en la evaluación de los hechos, los actos administrativos y normas legales aplicables (CCAyT, CCyCN, Código Fiscal), y en la delimitación del objeto del proceso, materias de índole fáctico, procesal y de derecho infraconstitucional que resultan propias de los tribunales de mérito y ajenas al remedio aquí intentado". La Sala concluyó que "las cuestiones planteadas no involucran una vulneración de derechos constitucionales, sino aspectos de interpretación de normas y valoración de pruebas, por lo cual el recurso no es procedente". Asimismo, los jueces Otamendi, Ruiz, Lozano y Weinberg confirmaron la improcedencia del recurso por considerarlo impropio, ya que no se trataba de una cuestión constitucional ni de una sentencia definitiva habilitante.
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