INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS DORADO, LUCIANA CAMILA s/ HURTO y AVERIGUACION DE DELITO s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve mantener la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 26 en causa por hurto y fraude en perjuicio de Luciana Camila Dorado. La decisión se fundamenta en la continuidad del proceso ante la justicia nacional y la doctrina de la Corte Suprema en “Bazán”.
- Quién demanda: No corresponde en esta resolución, ya que es un incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No corresponde en esta resolución, ya que es un incidente de competencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 26 en la causa por hurto y fraude en perjuicio de Luciana Camila Dorado.
¿Qué se resolvió?
Se declara la competencia del Tribunal nº 26 para entender en la causa, remitiendo el incidente al mismo y manteniendo su intervención.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión se sustenta en la doctrina del precedente “Bazán” de la Corte Suprema, que establece que en conflictos entre tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver la competencia. Los jueces consideraron que la justicia nacional ya había llevado adelante toda la etapa de investigación y procesamiento, y que la continuidad en ese fuero favorece la economía procesal y la mejor administración de justicia. La magistrada Alicia E. C. Ruiz afirmó: "es opinión mayoritaria y coincidente de los restantes miembros del Tribunal aceptar la atribución de competencia" y que “corresponde declarar la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 26”. La resolución se fundamenta también en que la causa está en un estado avanzado y que la continuidad del proceso en la justicia nacional evita retardo y fragmentación procesal.
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