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ROSÓN, OSCAR LUIS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MUÑOZ, ARIANA PAMELA CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó la regulación de honorarios en $20.044 y rechazó la inconstitucionalidad alegada por el letrado; el Tribunal Superior de Justicia ratificó la validez del fallo y la fundamentación basada en la proporcionalidad y la normativa arancelaria.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Monto minimo Cuestiones de hecho y prueba Honorarios del abogado Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional

Actor: Oscar Luis Rosón, letrado que representa a Ariana Pamela Muñoz en acción de amparo. Demandado: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Objeto: Que se regulen sus honorarios en 20 UMA (valor de referencia según ley 5134), en atención a la complejidad y extensión de su labor en la contestación del recurso de inconstitucionalidad y la supuesta vulneración de derechos a una remuneración justa y a la propiedad. Decisión: El Tribunal Superior de Justicia confirmó la decisión de la Cámara que reguló los honorarios en 20.044 pesos, fundamentando que la regulación se ajustó a los criterios de proporcionalidad y motivación expresos, y rechazando la queja por insuficiencia de fundamentos y por la existencia de un supuesto de arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La regulación de honorarios en el caso cumple con el requisito de fundamentación explícita y circunstanciada, conforme a la normativa aplicable. La decisión de la Cámara de no aplicar los mínimos legales previstos en el art. 31 de la ley 5134 se basa en los argumentos de proporcionalidad y en la complejidad de la labor, considerando el valor, motivo, y trascendencia de la cuestión. La actividad recursiva en defensa de honorarios regulados no constituye, en general, una actuación profesional autónoma susceptible de ser remunerada en forma independiente, salvo circunstancias excepcionales no verificadas en este caso. La queja por costas fue rechazada, dado que la imposición de costas en recursos de inconstitucionalidad no afecta derechos constitucionales del recurrente y se ajusta a la normativa vigente. Los agravios relacionados con la supuesta arbitrariedad o violación del derecho de propiedad y debido proceso resultan infundados, pues las decisiones fueron fundadas en argumentos serios y concretos, y la valoración de hechos y normas corresponde a las instancias de mérito. La ley 2145 y la ley 402 establecen los requisitos y límites del recurso de inconstitucionalidad, y en este caso se cumplen. La regulación de honorarios en el caso, considerando la complejidad y la labor desarrollada, no viola normas constitucionales, y la decisión de la Cámara de regular en 20.044 pesos resulta ajustada a derecho.

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