Logo

METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la solicitud de suspensión del proceso planteada por Metrovías SA en una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. La decisión se basa en la falta de argumentos que justifiquen la excepción a la regla general de no suspensión del proceso, considerando que no se acreditó la existencia de perjuicio irreparable ni razones serias para apartarse de la regla. La resolución reafirma que la interposición de una queja por recurso denegado no suspende automáticamente el trámite del proceso, salvo circunstancias excepcionales debidamente fundadas.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (por resolución en recurso de queja)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se suspenda el curso del proceso hasta la resolución de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la petición de suspensión del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia E. C. Ruiz señaló: "Como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso. Excepcionalmente este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (art. 33, ley 402). En este caso, la recurrente no brinda ninguna razón que permita apartarse de la reiterada jurisprudencia de este Tribunal según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido." Los jueces Santiago Otamendi, Marcela De Langhe e Inés M. Weinberg coincidieron en que no existen argumentos que justifiquen la suspensión del proceso, ya que la parte recurrente no expone que el perjuicio sea irreparable ni presenta razones serias que justifiquen la excepción. El juez Luis Francisco Lozano agregó que la parte recurrente no demuestra que su recurso haya sido mal denegado ni que la medida sea indispensable para preservar los efectos de una posible futura resolución. En consecuencia, el Tribunal resolvió: "Rechazar la petición de suspensión del proceso efectuada por Metrovías S.A." y ordenó que se continúe con el trámite de la queja.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar