Logo

METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara rechazó la queja por denegatoria de recurso de inconstitucionalidad presentado por Metrovías S.A., confirmando la validez de la resolución sancionatoria y la competencia del Ente Regulador, fundamentado en la correcta interpretación del marco normativo y la ausencia de vulneraciones constitucionales.

Multa Fundamentacion del recurso Servicios publicos Falta de fundamentacion Derecho administrativo sancionador Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Ente unico regulador de servicios publicos de la ciudad autonoma de buenos aires Control y fiscalizacion Subterraneos de buenos aires


- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La nulidad absoluta e insanable de la resolución 450/2020 que le impuso una multa de $118.980,50 por falta de funcionamiento de ascensores en estaciones de la línea H en julio de 2019, alegando vicios en competencia, causa, procedimiento y vulneración del non bis in idem y doble instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la queja, confirmando la competencia del EURSP y la validez del procedimiento sancionatorio, y que no existía vulneración constitucional alguna. La sentencia consideró que los fundamentos de la Cámara de primera instancia estaban correctamente sustentados en la normativa aplicable y en precedentes jurisprudenciales, y que la queja no lograba rebatir adecuadamente los argumentos por los cuales se denegó el recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja no critica adecuadamente lo resuelto por la Cámara y no controvierte los fundamentos jurídicos que justificaron la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad (art. 27 de la ley 402). La parte recurrente no logró demostrar que la decisión afectara sus derechos constitucionales de defensa, debido proceso, propiedad, ni que la competencia del EURSP fuera vulnerada. La distinción entre funciones jurisdiccionales del EURSP y funciones contractuales de SBASE fue correctamente aplicada, y no existe colisión de competencias que viole la garantía del non bis in idem. La ley 4472 y la ley 210 atribuyen claramente al EURSP la competencia para regular y sancionar en materia de servicios públicos, sin que la ley 4472 sea posterior y especial que derogue o limite la competencia constitucional del ente. La invocación de la ley 4472 no configura una trasgresión constitucional, y la competencia del EURSP en materia sancionatoria está sustentada en la normativa vigente y en precedentes jurisprudenciales. La vulneración de la garantía del non bis in idem y la doble instancia no fue demostrada ni alegada de manera suficiente. Los restantes agravios referidos a la valoración de los hechos y prueba son cuestiones que exceden la vía del recurso extraordinario y corresponden a la valoración de los jueces de la causa. La queja no logra demostrar la existencia de

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar