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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ABERG COBO, AXEL JAVIER CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo denegó la queja del GCBA contra la regulación de honorarios en un proceso judicial, considerando que no existía arbitrariedad ni cuestión constitucional, y que las decisiones estaban fundamentadas en la ley y en la valoración del mérito profesional.

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- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

no corresponde, ya que la queja es contra resolución de la Cámara de Apelaciones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

se impugna la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad respecto a la regulación de honorarios del letrado Iván Ariel Teliszewski en un proceso laboral, por considerar que la suma regulada es arbitraria y vulnera derechos constitucionales.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA, confirmando que no se acreditó la existencia de un caso constitucional ni arbitrariedad en la sentencia, y que las decisiones de la Cámara estaban fundamentadas en la ley y en el mérito profesional valorado conforme a las normativas vigentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Marcela De Langhe argumentó que la queja no logró acreditar un caso constitucional, ya que la discrepancia sobre la valoración de los honorarios es una cuestión de derecho procesal y de hecho que escapa a la competencia del Tribunal en esta vía extraordinaria. El juez Santiago Otamendi sostuvo que las cuestiones sobre honorarios son ajenas a la instancia de inconstitucionalidad y que la decisión de la Cámara no resulta insostenible ni arbitraria, sino fundada en la ley 5134 y en la valoración del mérito profesional. El juez Luis Francisco Lozano expresó que la decisión de elevar los honorarios no implica una cuestión constitucional que requiera revisión del Tribunal, y que no hay indicios de arbitrariedad. La jueza Inés M. Weinberg reafirmó que los honorarios regulados en las instancias ordinarias son materias ajenas a la revisión en sede de inconstitucionalidad, y que la resolución de la Cámara fue fundada conforme a la ley. La jueza Alicia E. C. Ruiz resaltó que la queja no cumplió con el estándar de fundamentación exigido, ya que no se presentó una crítica concreta y fundamentada que demuestre arbitrariedad o vulneración constitucional. En conjunto, el Tribunal concluyó que la vía de la queja no es procedente para cuestionar decisiones sobre honorarios, y que la resolución de la Cámara fue fundada y ajustada a derecho.

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