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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FERRERO, WALTER EDGARDO CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó su queja, fundamentando la decisión en la extemporaneidad del recurso y la falta de demostración de una cuestión federal sustancial.

Recurso extraordinario federal Plazos procesales Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no federal Interposicion extemporanea


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la resolución que rechazó su queja por extemporaneidad

¿Qué se resolvió?

Se denegó el recurso por no haberse deducido en tiempo oportuno y por carecer de fundamentación autónoma suficiente para abrir la vía del recurso extraordinario

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces explicaron que "la decisión por la que los tribunales locales declaran la improcedencia de los recursos de orden local resultan ajenas, como principio, a la instancia extraordinaria federal en virtud del respeto debido a las atribuciones de las provincias de darse sus propias instituciones y regirse por ellas" (Fallos: 305:112; 330:1491). Además, señalaron que "la sola mención de preceptos constitucionales afectados no basta para abrir la vía extraordinaria", en tanto que "el art. 15 de la ley 48 exige la demostración fundada de una relación directa e inmediata de tales preceptos con lo efectivamente decido en autos", lo cual no se verificó en este caso. Se reiteró que la parte recurrente no argumentó de manera concreta respecto de la supuesta afectación de derechos constitucionales ni respecto de la gravedad institucional alegada, por lo cual no se cumple el requisito de fundamentación autónoma exigido por la jurisprudencia para la admisión del recurso extraordinario. Se recordó que "la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino cubrir casos de carácter excepcional" y que "la invocación genérica de la gravedad institucional no autoriza la apertura de esta instancia". En consecuencia, los jueces concluyeron que "las consideraciones señaladas bastan para denegar el recurso extraordinario federal deducido por el GCBA". La opinión del juez Otamendi coincidió en que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación autónoma, y que la conducta de la parte recurrente fue extemporánea, por lo que no correspondía la satisfacción de agravios ni la revisión de fondo.
- Fundamentos adicionales: Se hizo referencia al precedente "Di Mascio" (Fallos 311:2478) para sostener que la parte recurrente, ante la improcedencia del recurso de queja por extemporáneo, debió requerir satisfacción a sus agravios en la instancia superior, lo cual no ocurrió.

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