MRD s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MDR Y OTROS SOBRE 128 1 PARR - DELITOS ATINENTES A LA PORNOGRAFIA (PRODUCIR/PUBLICAR IMAGENES PORNOGR. C MENORES 18)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del defensor de Morelli, confirmando la condena y la aplicación de la ley penal vigente al momento del cese del delito, sustentando que no hubo violación del principio de legalidad ni arbitrariedad en la aplicación de la ley.
Actor: Defensa de Rodolfo Daniel Morelli Demandado: Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia que aplicó la ley n° 27.436 en un delito continuado y la consecuente modificación de la pena, alegando violación del principio de legalidad y retroactividad de la ley penal. Decisión: La Cámara rechazó la queja, confirmando la sentencia y la aplicación de la ley vigente al momento del cese del delito, considerando que la conducta fue una unidad y que la aplicación de la ley más gravosa no contraviene el principio de legalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la aplicación de la ley n° 27.436, vigente al momento en que cesó la conducta delictiva, no viola el principio de legalidad ni la prohibición de retroactividad, ya que la conducta del imputado fue una sola y continuada, y su voluntad delictiva persistió después de la entrada en vigencia de la ley más gravosa. El voto del juez Lozano afirmó: "la reafirmación de la voluntad delictiva después de la vigencia de la nueva ley y la consideración de la conducta como una unidad permiten descartar que la aplicación de la nueva ley constituya una infracción al principio de legalidad." La defensa no logró demostrar que la pena impuesta excediera los límites de la potestad judicial, ni que la aplicación de la ley más gravosa fuera arbitraria. El tribunal también recordó que la defensa no formuló cuestionamiento sobre la proporcionalidad de la pena.
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