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EL DIK, NATALIA PAULINA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en EL DIK, NATALIA PAULINA CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo revoca la decisión de denegar la queja y ordena la reincorporación cautelar de la actora, considerando que la afectación a sus derechos constitucionales por la cesantía es de magnitud suficiente para equipararla a una sentencia definitiva.

Derecho a la salud Personas con discapacidad Medidas cautelares Reincorporacion Cesantia Grupo familiar Empleo publico Recurso de inconstitucionalidad Cuestion constitucional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Ninos, ninas y adolescentes Resoluciones equiparables a definitiva


- Quién demanda: Natalia Paulina El Dik

¿A quién se demanda?

G.C.B.A. (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación laboral cautelar y nulidad de cesantía por inconstitucionalidad del acto administrativo (Resolución 2023-781-GCABA-SSGRH) fundamentada en las inasistencias injustificadas relacionadas con su discapacidad visual y condiciones de salud.

¿Qué se resolvió?

La Sala revoca la denegatoria de la medida cautelar y considera que la situación de la actora, en especial su discapacidad visual y la amenaza a su salud y subsistencia, justifican que la resolución que dispuso su cesantía tiene carácter de definitiva para efectos del recurso de inconstitucionalidad. Además, ordena la reincorporación cautelar hasta que quede firme la sentencia definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La actora es una mujer discapacitada con una hija menor a cargo, cuyo salario y obra social son esenciales para su subsistencia y salud, especialmente considerando su discapacidad visual. La pérdida de estos derechos por la cesantía genera un perjuicio de imposible reparación ulterior, equiparable a una sentencia definitiva. La protección constitucional de las personas con discapacidad (artículo 42 de la Constitución de la Ciudad y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad) obliga al Estado a tomar medidas positivas y a evitar acciones que agraven su vulnerabilidad. La decisión impugnada afecta gravemente estos derechos, por lo que debe considerarse a efectos del recurso como una resolución definitiva. La urgencia y la gravedad del daño vinculado a la salud y subsistencia de la actora justifican el otorgamiento de la medida cautelar. La verosimilitud del derecho se acredita con la situación de discapacidad, la alegación de errores en el acto administrativo y los certificados que acompañó, que podrían viciar la causa del acto desde su inicio. La resolución en apelación revoca la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, ordenando la reincorporación cautelar de la actora, acudiendo a la facultad del Tribunal en protección de derechos constitucionales afectados.

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