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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS BARIJHO PANIAGUA, JOSE JUNIOR Y OTROS SOBRE 189BIS 4 - ENTREGAR ARMA DE FUEGO A QUIEN NO ACREDITARE SU CONDICIÓN DE LEGÍTIMO USUARIO

La Cámara del TSJ de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja contra la denegación del arresto domiciliario del imputado, confirmando la evaluación de riesgos y la ponderación de derechos, y mantuvo la decisión en base a la razonabilidad y fundamentación de la resolución impugnada.

Interes superior del nino Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Prision preventiva Relacion directa Cuestiones de hecho y derecho comun Deposito previo Salud del imputado Denegacion de prision domiciliaria Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Exencion de deposito

Actor: La Defensora General y la Defensora General Adjunta en representación de J B P. Demandado: Cámara del fuero que confirmó la rechazo del arresto domiciliario. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la decisión que negó el arresto domiciliario y la concesión del beneficio de litigar sin gastos.

¿Qué se resolvió?

El TSJ rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara, considerando que la resolución impugnada se fundamentó en un análisis lógico y razonado, sin arbitrariedad, en relación con los riesgos procesales, la salud y el interés superior del niño. Además, se eximió al recurrente de constituir depósito por beneficio de litigar sin gastos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que la queja fue presentada en tiempo y forma, y que la decisión recurrida, que negó la prisión domiciliaria, fue fundamentada en riesgos procesales claros, como la fuga y posible influencia sobre testigos, y en la evaluación de la situación de salud del imputado, que fue considerada adecuada por el órgano judicial. La defensa no logró demostrar que la resolución fuera arbitraria o que vulnerara derechos constitucionales, sino que se ajustó a las constancias y consideraciones de la causa. La Cámara valoró que la situación del imputado, incluyendo su salud y la protección del interés superior del niño, no justificaba la concesión del arresto domiciliario en ese momento. La decisión fue razonada, y no se detectó arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales.

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