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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MONTERO FERNANDO FRANCISCO y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

La Cámara regula honorarios profesionales de la abogada María Silvina Marengo por contestación a recurso extraordinario federal en causa de empleo público, estableciendo un monto de 7,5 UMA, con adicional del 50% por labor de apoderada, en línea con los parámetros de la ley 5134 y considerando la complejidad y la etapa procesal.

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¿Quién es el actor?

María Silvina Marengo, en representación de la parte actora.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Objeto de la demanda: Solicitud de regulación de honorarios por la labor profesional en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA.
- Decisión del tribunal: Se regulan los honorarios de la letrada en 7,5 UMA, con un adicional del 50% por su labor como apoderada, y con la posibilidad de aplicar IVA según corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La regulación se realiza en atención a las normas arancelarias aplicables, la complejidad del asunto y el resultado favorable obtenido por la letrada (art. 15 y art. 30 de la ley 5134). La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo redujo inicialmente los honorarios a $252.200, pero considerando los límites del arancel y el valor de UMA vigente, el tribunal fija en 7,5 UMA, valor que será actualizado según el momento del pago. Los jueces destacan que la labor fue en etapa posterior a la sentencia de fondo y que el recurso no se dirigió contra ella, por lo que la regulación se ajusta a los parámetros específicos de la instancia y el tipo de actuación. La mayoría resuelve en ese sentido, con la fundamentación en los artículos citados y en la jurisprudencia interna del tribunal. Disidencia: La jueza Alicia E. C. Ruiz propone un monto de honorarios en 20 UMA, pero la mayoría decide en 7,5 UMA, considerando la fase procesal y la cuantía regulada.

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