GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BUSCHIAZZO, MARIA SILVIA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Sala I del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de diferencias salariales en empleo público. La decisión se fundamenta en la falta de acreditación de arbitrariedad y en que la cuestión no presenta un caso constitucional.
Actor: María Silvia Buschiazzo
Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
Objeto: Obtención de la equiparación salarial con otros agentes en funciones similares, y pago de diferencias salariales correspondientes a períodos no prescritos, hasta la reencasillada en la NCA.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones declaró desierto el recurso de apelación del GCBA y la sentencia de primera instancia quedó firme. La Sala I del TSJ denegó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, considerando que no se acreditó arbitrariedad ni vulneración constitucional, y que la queja del GCBA carece de fundamentación suficiente y de una crítica razonada de la decisión atacada. La mayoría del tribunal rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara, argumentando que los agravios no cumplen con los requisitos para su consideración en esta vía y que la decisión cuestionada no muestra arbitrariedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal destacó que la queja se basó en una mera disconformidad con la resolución de la Cámara, sin demostrar que esta hubiera incurrido en arbitrariedad o en un injustificado rigor formal que afectara el derecho de defensa. Se remarcó que la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene que la insuficiencia en la expresión de agravios y la deserción del recurso remiten a cuestiones de hecho y procesales, ajenas al recurso extraordinario. Se concluyó que la parte recurrente no acreditó que la decisión de la Cámara constituya un obstáculo arbitrario para la revisión del Tribunal, y que su queja es insuficiente y genérica, sin articular argumentos fundados. La mayoría del tribunal reiteró que no hay arbitrariedad ni vulneración constitucional en la resolución recurrida y que la misma fue ajustada a derecho. La decisión fue tomada por mayoría, rechazando la queja y ordenando remitir las actuaciones a la instancia inferior para que otros jueces emitan un nuevo pronunciamiento.
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