GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ANGELERI, CLAUDIA GABRIELA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula honorarios en recurso de queja por inconstitucionalidad denegado, considerando la labor de la abogada María Silvina Marengo y aplicando los parámetros arancelarios correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Silvina Marengo (abogada de la parte actora)
Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
Objeto de la demanda: Solicitud de regulación de honorarios por la labor profesional en contestación de recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA en una causa relacionada con empleo público, excluyendo cesantía o exoneraciones, en expediente de diferencias salariales.
Decisión del tribunal: Se regula honorarios en 7,5 UMA, más IVA si corresponde, considerando la importancia, mérito, novedad, complejidad y eficacia de la tarea, siguiendo criterios de la ley 5134 y las regulaciones arancelarias. La regulación se realiza en UMA, tomando en cuenta las distintas valoraciones y votos de los jueces. La sentencia destaca que la labor fue en el marco de una incidencia vinculada a tareas posteriores a la sentencia definitiva y que la cuantificación de honorarios se ajusta a los parámetros legales y jurisprudenciales aplicables.
Fundamentos principales:
- La regulación de honorarios se realiza en atención a la labor de contestación del traslado del recurso extraordinario federal, remitiendo a antecedentes jurisprudenciales similares y a la valoración de la complejidad y mérito del trabajo.
- La regulación en UMA se fundamenta en los arts. 15 y 30 de la ley 5134, considerando los valores vigentes y los criterios de la Sala I.
- La decisión se fundamenta en que el monto de 5 UMA o 20 UMA, según corresponda, se ajusta a los parámetros del art. 30 y 31 de la ley 5134, y que la suma regulada de 7,5 UMA refleja adecuadamente la tarea realizada, incluyendo la labor de patrocinio y apoderamiento.
- La sentencia destaca que la regulación cumple con los requisitos de importancia, mérito y complejidad y que la valoración jurisprudencial respalda la cuantificación.
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