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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal presentado por Metrovías contra una resolución que rechazó su queja por recurso de inconstitucionalidad, argumentando que no se configura una cuestión federal de acuerdo con la ley 48 y la jurisprudencia de la CSJN.

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- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de nulidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA, en el marco de un recurso de inconstitucionalidad denegado.

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario federal por carecer la cuestión de carácter federal y por tratarse de cuestiones de derecho local y de interpretación normativa local y de derecho común.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde denegar el recurso extraordinario federal interpuesto por Metrovías pues no logra demostrar que la cuestión cuyo conocimiento pretende someter a la instancia extraordinaria sea una de las previstas en el art. 14 de la ley 48. La controversia giró en torno a la interpretación y aplicación de normas locales y de derecho común, principalmente leyes 210 y 24.240, lo cual es ajeno a la competencia del Tribunal Supremo en materia federal, dado que los asuntos regidos por el derecho local son, por regla, ajenos a su control por vía del recurso extraordinario federal (Fallos: 285:410, 286:87, 291:356 y 308:551). Asimismo, la invocación genérica de cláusulas constitucionales (arts. 17, 18 y 19 CN) no basta para habilitar la vía extraordinaria sin una relación directa que la ley exige. La doctrina de la arbitrariedad requiere deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo que no se advierten en este caso. Por todo ello, se confirma la denegatoria del recurso con costas." "La decisión se basa en que la cuestión de fondo fue interpretada en normas locales y de derecho común, y no involucra una cuestión federal, además de que la invocación constitucional no cumple los requisitos para su habilitación."

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