METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara deniega el recurso extraordinario federal de Metrovías contra la sentencia que rechazó su queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. La decisión se fundamenta en que las cuestiones planteadas corresponden a interpretaciones de leyes locales y derecho común, no a cuestiones federales de constitucionalidad.
¿Quién es el actor?
Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)
- Objeto de la demanda: Interposición de recurso extraordinario federal contra sentencia que rechazó su queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, con el fin de obtener declaración de nulidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA.
- Decisión del tribunal: Deniega el recurso extraordinario federal por considerar que la cuestión sometida a revisión implica interpretaciones de leyes locales (art. 138 de la CCBA, leyes 210 y 24.240) y no constituye una cuestión federal de constitucionalidad, además de que la invocación de cláusulas constitucionales no establece relación directa con la resolución impugnada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La CSJN ha establecido que los asuntos regidos por derecho local son, por regla, ajenos a su control vía recurso extraordinario federal, ya que el respeto a las autonomías locales requiere que sus jueces decidan en causas que versan sobre interpretación y aplicación de leyes locales (Fallos: 285:410, 286:87, 291:356, 308:551). La mera invocación de cláusulas constitucionales no basta para justificar la vía extraordinaria si no existe relación directa entre ellas y la decisión impugnada (Fallos: 165:62, 181:290, 266:135). La cuestión de arbitrariedad de la sentencia no puede ser abordada por este tribunal, dado que no existe relación directa con derechos o garantías constitucionales invocados. La decisión se fundamenta en que la resolución fue apoyada en interpretaciones de legislación local y de derecho común, cuya validez no es cuestionada, y que las cláusulas constitucionales invocadas carecen de relación con lo resuelto. Las costas se imponen a la parte vencida, en este caso, Metrovías.
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