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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GGE CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

La Cámara denegó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, considerando que la resolución cuestionada no era una sentencia definitiva, por lo que no era susceptible de revisión en esa vía, y que los agravios constitucionales invocados resultaban insuficientes para modificar esa decisión.

Fundamentacion del recurso Sentencia definitiva Medidas cautelares Falta de fundamentacion Reincorporacion Cesantia Empleo publico Inasistencias injustificadas Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Suspension del acto administrativo


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Cámara en los autos de queja por rechazo del recurso de inconstitucionalidad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se deje sin efecto la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad por considerar que la resolución es equiparable a una sentencia definitiva y vulnera garantías constitucionales

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja del GCBA, confirmando que la resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva y que los agravios constitucionales no son suficientes para su revisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Inés M. Weinberg explicó que "las resoluciones dictadas sobre medidas cautelares, ya sea que las acuerden, mantengan o denieguen, no son susceptibles de revisión por la vía del recurso de inconstitucionalidad, por no constituir sentencia definitiva". Citó doctrinas y fallos que sostienen que para que un pronunciamiento sea susceptible de esa revisión debe ser de carácter definitivo o equiparable a tal. La presentación del GCBA no aportó argumentos suficientes para demostrar que la resolución impugnada produjera un agravio de imposible reparación o que pudiera equipararse a una sentencia definitiva. Además, la invocación de agravios constitucionales y de arbitrariedad no es suficiente si no existe una sentencia definitiva o equiparable. La mayoría de los jueces coincidieron en que la queja debía ser rechazada por esa causa. La resolución fue dictada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en fecha 05/02/2025.

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