ASOCIACIÓN SIMPLE REPÚBLICA SUSTENTABLE C/ GCBA S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte rechaza el recurso extraordinario de la Asociación por carecer de causa judicial concreta y de interés legítimo para recurrir en sede federal. El tribunal ratifica que el control de constitucionalidad en sede local y en abstracto no habilita la revisión federal si no existe un caso o controversia real.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Asociación Simple República Sustentable interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia que declaró inadmisible su acción declarativa de inconstitucionalidad, solicitando la revisión de la validez del artículo 15 de la ley n° 451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, en sus distintos votos, concluyó que no existe un caso, causa o controversia judicial que permita la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dado que la acción de inconstitucionalidad tiene carácter abstracto y no afecta derechos subjetivos concretos de las partes.
- Se fundamenta que el control concentrado y en abstracto de constitucionalidad, como el que prevé la ley local para normas de alcance general, no configura un caso judicial en los términos del artículo 116 de la Constitución Nacional, por lo que la revisión federal resulta inadmisible.
- Además, se recuerda que la Constitución Nacional limita la competencia de la Corte a causas que involucren controversias concretas y actuales entre partes adversas, lo cual no sucede en este tipo de acciones declarativas de inconstitucionalidad.
- En consecuencia, se deniega el recurso extraordinario, sin costas, en atención a que no medió sustanciación.
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