GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en YAGÜE, CLARA ESTHER CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La CSJN admite la queja del GCBA y anula la sentencia de la Cámara que reconoció diferencias salariales y reencasillamiento al actora, por entender que la interpretación de la normativa vigente fue incorrecta y vulneró principios constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Clara Esther Yagüe, demandó al GCBA para obtener su reencasillamiento en el régimen especial de profesionales de la salud y el reconocimiento de diferencias salariales desde junio de 1993.
- La primera instancia rechazó la demanda, argumentando que no cumplía con requisitos de ingreso y que no se acreditaba perjuicio patrimonial.
- La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo hizo lugar parcialmente, reconociendo el derecho a diferencias salariales y reencasillamiento, basándose en que la actora realizaba tareas propias del cargo especial y que su encasillamiento inicial fue erróneo.
- El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad, afectación del debido proceso y vulneración de principios de legalidad y división de poderes, por considerar que la decisión de la Cámara interpretaba incorrectamente la normativa vigente que exige concurso público y título habilitante para acceder al régimen especial.
- La CSJN, por mayoría, admite la queja y revoca la sentencia de la Cámara, señalando que la interpretación de los jueces de la Cámara fue errónea y vulneró principios constitucionales, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
FUNDAMENTOS:
- La sentencia cuestionada adoleció de defectos de fundamentación y no respetó la normativa que regula el ingreso y encasillamiento en el régimen de profesionales de la salud, en particular los requisitos del concurso público y la existencia de un título habilitante.
- La interpretación de la Cámara de que la actora realizaba tareas propias del cargo especial y que ello implicaba un derecho a diferencias salariales, fue considerada incorrecta, pues no se acreditó que la actora cumpliera con los requisitos legales para el ingreso en dicho régimen, y su ingreso fue por decisión administrativa sin concurso.
- La jurisprudencia de la CSJN establece que las sentencias colegiadas deben ser un producto de una argumentación racional y unificada, no una suma de opiniones dispares, y que las sentencias que carecen de fundamentos coincidentes y de un acuerdo genuino vulneran la garantía del debido proceso.
- La interpretación de los hechos y la normativa por parte de la Cámara fue considerada arbitraria, afectando derechos constitucionales del GCBA, en particular los principios de legalidad y división de poderes, y vulnerando el derecho del Estado a administrar sus recursos y organización institucional.
- La mayoría del Tribunal concluye que la sentencia de la Cámara no cuenta con la unidad lógica jurídica necesaria, por lo que procede su revocación y
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