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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS ENCISA, HECTOR ANTONIO SOBRE 189BIS 4 - ENTREGAR ARMA DE FUEGO A QUIEN NO ACREDITARE SU CONDICIÓN DE LEGÍTIMO USUARIO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa en un caso de denegación de avenimiento por parte de la Cámara, por entender que la resolución no era equiparable a una sentencia definitiva. La sentencia también abordó la competencia del tribunal y la validez del recurso, concluyendo que la decisión impugnada no vulneró principios constitucionales ni excedió sus facultades.

Sentencia definitiva Deposito previo Cambio de calificacion legal Avenimiento Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Exencion de deposito


- Quién demanda: Héctor Antonio Encisa, en representación de su defensa.

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisión del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó el rechazo del avenimiento en un proceso penal por tenencia y acopio de armas de guerra.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja y el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la resolución atacada no era equiparable a sentencia definitiva y que no se configuraba una cuestión constitucional. La decisión se fundamentó en que la resolución no afectaba derechos constitucionales, y que la defensa no había demostrado un agravio irreparable ni una vulneración de principios constitucionales. La resolución también abordó la competencia del tribunal y la correcta interpretación del sistema procesal penal en relación con la potestad de los jueces de revisar calificación y pena, resaltando que los jueces se limitaron a aplicar la ley vigente sin exceder sus facultades.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría sostuvo que la decisión de la Cámara no constituye una sentencia definitiva ni equiparable a ella, pues no produce un gravamen de imposible reparación ulterior, y que la defensa no presentó argumentos suficientes para justificar la categorización de la resolución como tal. Se explicó que el recurso de inconstitucionalidad es inadmisible en estos casos, conforme a la doctrina del Tribunal, y que la resolución impugnada se limitó a confirmar la decisión de rechazo del avenimiento, sin alterar derechos constitucionales. Además, se destacó que la facultad de los jueces para revisar la calificación legal en el marco del sistema acusatorio no implica un exceso jurisdiccional, sino que se ajusta a la normativa aplicable.

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