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RMJ S/ RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió mantener la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 16 en un caso por desobediencia, priorizando el avance del proceso en la justicia local y la eficiencia del servicio judicial.

Etapas procesales Conflicto negativo de competencia Prohibicion de contacto Delito de desobediencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Eficiente administracion de justicia Mayor grado de conocimiento Competencia criminal y correccional


- Quién demanda: Fiscalía y partes en el proceso por desobediencia.

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 16 y Juzgado nº 30.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resolución sobre la competencia para entender en la causa por desobediencia al acusado, tras la declaración de incompetencia de los juzgados anteriores.

¿Qué se resolvió?

Se declara la competencia del Tribunal Oral nº 16, manteniendo la jurisdicción, en línea con el criterio de priorizar el avance procesal y evitar la revictimización, conforme a lo establecido por la CSJN en el precedente “Bazán”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría de los jueces argumentó que, dado que el proceso había avanzado hacia la etapa de juicio y toda la instrucción fue realizada por la justicia nacional, corresponde mantener la actuación del Tribunal Oral nº 16 para garantizar eficiencia y evitar dilaciones. La jueza Ruiz sostuvo que, si bien existe discrepancia con la Corte Suprema, en virtud del criterio mayoritario y del interés en la continuidad del proceso, corresponde seguir con la competencia del Tribunal local. La jueza Weinberg argumentó que la remisión de la causa al Tribunal Oral impide considerar el grado de avance como factor de competencia, por lo que propuso que la causa quede en el Juzgado nº 30. El voto del juez Lozano fue por radicar la causa en el juzgado penal nº 30, en línea con su criterio previo.
- La mayoría decidió que la competencia corresponde al Tribunal Oral nº 16, remitiendo las actuaciones a dicho órgano.

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