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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VENESIO, MARIANA GABRIELA MALVINA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Sala III del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad en un conflicto laboral por encasillamiento y diferencias salariales en empleo público. La decisión se basó en la falta de fundamentación suficiente del recurso y en la ausencia de cuestiones constitucionales en el planteo.

Fundamentacion del recurso Diferencias salariales Falta de fundamentacion Empleo publico Reencasillamiento Carrera administrativa Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


- Quién demanda: Mariana Gabriela Malvina Venesio, en nombre propio.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reencasillamiento en el puesto de “analista fiscal” y pago de diferencias salariales derivadas del encasillamiento en “asistente fiscal”.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo revirtió parcialmente la decisión de primera instancia y ordenó reencasillar a la actora en el puesto de “analista fiscal”. El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad que fue denegado por la Cámara, y posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia confirmó esa denegatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala III consideró que la queja del GCBA carecía de fundamentación suficiente, pues no cuestionaba concretamente las razones de la decisión, limitándose a alegar disconformidad con el fallo. Además, afirmó que la revisión de cuestiones de hecho y prueba, así como de interpretaciones normativas infraconstitucionales, no constituye un caso de inconstitucionalidad ni arbitrariedad, dado que los agravios no lograban demostrar que la resolución fuera contraria a normas constitucionales. La doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta y solo aplicable en casos excepcionales donde se evidencien deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo.
- TIPO DE PROCESO: ADMINISTRATIVO

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