SAYAS, PEDRO DIEGO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SAYAS, PEDRO DIEGO CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires decidió denegar el recurso extraordinario federal interpuesto por Pedro Diego Sayas contra la sentencia que rechazó su queja en un planteo por inconstitucionalidad, fundamentando que no se configuraron cuestiones constitucionales o federales de competencia de la Corte Suprema, ni una relación directa con la cuestión federal invocada.
- Quién demanda: Pedro Diego Sayas
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su queja por denegación de inconstitucionalidad en un reclamo por empleo público y diferencias salariales, específicamente en relación con la bonificación del suplemento FO.NA.IN.DO.
¿Qué se resolvió?
Se denegó el recurso extraordinario federal, confirmando la validez del rechazo de la queja por parte del tribunal de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que no se configura una cuestión federal cuando la resolución cuestionada no plantea una cuestión constitucional o de competencia de la Corte.
La denuncia de inconstitucionalidad en relación con la ley 25053 y la bonificación del suplemento FO.NA.IN.DO. no establece una relación directa con los preceptos constitucionales invocados, pues la relación con la normativa federal no es suficiente para abrir la vía del recurso extraordinario.
La interpretación y valoración de los hechos y pruebas es ajena a la competencia del recurso extraordinario, que solo admite cuestiones constitucionales o de competencia federal.
La alegación de arbitrariedad de sentencia no corresponde ser analizada por la Corte, dado que la doctrina establece que solo en casos excepcionales de deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo puede considerarse.
La mención genérica a disposiciones constitucionales no es suficiente para configurar una cuestión federal, dado que no se demuestra una relación inmediata y fundada con lo decidido.
- En consecuencia, se concluyó que no se configura la vía del recurso extraordinario federal y se decidió su denegación con costas.
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