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SHI, TONG TONG s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS MENDES SIMOES, NORMA EUGENIA SOBRE 187 - ESTRAGO POR SUMERSIÓN O VARAMIENTO DE NAVE / DERRUMBE DE UN EDIFICIO / O CUALQUIER OTRO MEDIO PODEROSO DE DESTRUCCIÓN

La Cámara de Casación en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires anuló la decisión de la Cámara de Apelaciones que confirmó la suspensión del proceso a prueba para Norma Eugenia Mendes Simoes, por considerar que la resolución violó derechos constitucionales y no resolvió adecuadamente los agravios planteados.

Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Querellante Recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion de sentencias Calificacion legal Juicio por jurados Cuestion constitucional Tipo penal Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Resoluciones equiparables a definitiva Omision de tratar la cuestion propuesta Suspension del juicio penal a prueba Oposicion del querellante


- Quién demanda: Shi Tong Tong (querellante)

¿A quién se demanda?

Norma Eugenia Mendes Simoes (imputada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la decisión que confirmó la rechazo del recurso de inconstitucionalidad y la suspensión del proceso a prueba, alegando violaciones a derechos constitucionales y errores en la interpretación del sistema procesal penal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación en lo Penal hizo lugar a la queja y al recurso de inconstitucionalidad, anuló la decisión de la Cámara de Apelaciones, y ordenó que se reenvíen las actuaciones para que otros jueces den tratamiento a la apelación del querellante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría consideró que la resolución impugnada vulneró derechos constitucionales al no dar tratamiento a los agravios del recurrente, especialmente respecto a que la Cámara no había fundamentado la negativa a resolver los argumentos sobre la improcedencia de la suspensión en función de la calificación legal de los hechos y la oposición del querellante, además de no considerar que el proceso se tramita bajo sistema acusatorio y que la oposición de la querella debe ser vinculante. La decisión de la Cámara de Apelaciones careció de fundamentación suficiente y no resolvió los agravios planteados, por lo que la casación revocó dicha resolución y ordenó que la causa sea tratada por otros jueces.

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