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FINAMORE, AGUSTIN FRANCISCO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS FINAMORE, AGUSTIN FRANCISCO SOBRE 189 BIS (2) - PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL

La Cámara Superior de Justicia rechazó la queja del imputado Agustín Finamore contra la resolución que confirmó el rechazo de sus planteos de nulidad y excepciones procesales, considerando que no se configuró un caso constitucional y que la resolución no es definitiva.

Fundamentacion del recurso Intimacion Sentencia definitiva Falta de fundamentacion Planteo de nulidad Procedimiento policial Relacion directa Excepcion de defecto legal Deposito previo Nulidad del procedimiento Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Falta de integracion


- Quién demanda: Agustín Finamore, en calidad de imputado.

¿A quién se demanda?

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La aceptación de su recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que confirmó el rechazo de sus planteos de nulidad y excepciones, y la declaración de nulidad del procedimiento.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja por inadmisible, considerando que la resolución impugnada no es definitiva y no configura un caso constitucional. Además, se intimó al recurrente a integrar el depósito previsto en la ley nº 402, y se confirmó el rechazo de los planteos de nulidad y excepcionales por la Cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de la Sala II que confirmó la de primera instancia, en cuanto rechazó los planteos de excepción por manifiesto defecto en la pretensión por falta de participación del imputado y de nulidad del procedimiento, tiene por consecuencia la obligación del imputado de continuar sometido a proceso. Los pronunciamientos de esa especie, por regla, no reúnen el carácter de sentencia definitiva (Fallos: 306:1360, entre otros, y TSJ, expte. nº 17882, “Gil”, resuelto el 07/10/2020, entre otros). Si bien corresponde hacer excepción a esa regla en los casos en los cuales su aplicación podría provocar un gravamen de insuficiente, imposible o tardía reparación posterior, el recurrente tampoco ha ofrecido argumentos suficientes que justifiquen equiparar la resolución recurrida a una definitiva. La defensa se limitó a afirmar que la decisión cuestionada le generaba un agravio irreparable, en tanto “(…) sus efectos son irrevocables y causan gravamen a su pupilo, sometiéndolo de modo injusto a un proceso penal”. Con la argumentación genérica que ofrece no logra acreditar relación entre la decisión que viene criticando y la afectación de garantías constitucionales sólo susceptibles de tutela inmediata. Tampoco demuestra que sus agravios no podrían ser subsanados por una eventual sentencia absolutoria, o si fuera el caso, articulados en un eventual recurso contra la sentencia definitiva."

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