INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS VRR S/ LESIONES LEVES S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 24 en un incidente de competencia en un expediente por lesiones leves y otros delitos relacionados con violencia de género. La resolución priorizó la continuidad de la causa en el fuero nacional para evitar la revictimización y garantizar una administración de justicia eficiente.
¿Quién es el actor?
No especificado, se trata del trámite del incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No especificado, en el contexto del incidente en la causa por lesiones leves y delitos conexos.
- Objeto de la demanda: Decidir qué jurisdicción es competente para tramitar la causa por hechos delictivos relacionados con violencia de género ocurridos el 9 de junio de 2023.
- Decisión del tribunal: El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 24, manteniendo así la jurisdicción que había intervenido inicialmente, en línea con el precedente “Bazán” y el informe del Fiscal General Adjunto. La decisión se fundamenta en que ese juzgado fue el primero en intervenir y adquirió mayor grado de conocimiento, además de que la continuidad en esa jurisdicción evitaría la revictimización de la denunciante y garantizaría una gestión eficiente de la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del relato no discutido que de los hechos han realizado los jueces contendientes surge que la conducta pendiente de radicación quedaría subsumida, prima facie, en el delito de lesiones; cuya competencia ha sido devuelta a la justicia de la CABA (cf. Ley 26.702). En esas condiciones, voto por declarar la competencia del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n° 21." Sin embargo, el tribunal mayoritariamente decidió mantener la competencia del juzgado nacional, considerando que la intervención inicial y la cantidad de medidas adoptadas en esa etapa justifican la continuidad en esa jurisdicción para evitar la revictimización y asegurar un tratamiento más adecuado del asunto. Además, el Fiscal Adjunto resaltó que la causa tramitó allí durante casi 14 meses, con múltiples actuaciones y decisiones de mérito, incluyendo el sobreseimiento parcial del imputado. La sentencia destaca además que "fue la justicia criminal y correccional la que primeramente tomó conocimiento de la conflictiva de violencia de género en que se enmarcaron las conductas que damnificaron a C.M.A., y allí tramitaron las actuaciones durante casi 14 meses".
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