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USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS CONTRA VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS SOBRE CONTRATOS Y DAÑOS - RC - PLANES DE AHORRO Y CONCESIONARIAS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados contra la declaración de competencia del Juzgado de Primera Instancia en las Relaciones de Consumo n° 25, por considerar que no fue parte en la contienda y que la decisión no es definitiva, avalando la competencia del tribunal local.

Relacion de consumo Recurso extraordinario federal Sentencia definitiva Contratos de adhesion Inhibitoria Partes del proceso Cuestiones de competencia


- Quién demanda: Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados.

¿A quién se demanda?

No se especifica en el texto, pues el recurso no fue admitido.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la declaración de competencia del Juzgado de Primera Instancia en las Relaciones de Consumo n° 25.

¿Qué se resolvió?

Se declara inadmisible el recurso extraordinario federal por no ser parte en la contienda y por no tratarse de una sentencia definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal, mediante la decisión recurrida, resolvió una contienda administrativa entre dos órganos judiciales que se arrogaban jurisdicción para entender en el pleito. Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados no fue, ni podría haber sido parte en esa contienda, dada su índole. Estimuló su gestación al plantear una inhibitoria. Empero, una vez que su planteo prosperó, la discusión quedó trabada entre dos órganos que integran dos poderes judiciales distintos que, por tener asiento en la Ciudad y pretender ejercer competencias locales, correspondió a este Tribunal resolver, por imperio de la doctrina sentada por la CSJN in re Bazán." Además, se sostiene que la impugnación no cumple con los requisitos del artículo 14 de la ley n° 48, ya que las decisiones relacionadas con la competencia no son sentencias definitivas, salvo circunstancias excepcionales que no están presentes en este caso. Se argumenta que la parte recurrente puede ejercer su defensa ante la jurisdicción del tribunal competente y que la decisión no constituye una privación de justicia. Por lo tanto, la inadmisibilidad del recurso está justificada en la falta de carácter definitivo de la resolución impugnada y en la falta de parte en la materia controvertida.

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