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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en PORTAL, SILVIA MERCEDES Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La CSJN denegó el recurso extraordinario federal presentado por el GCBA contra la sentencia que rechazó su recurso de queja en un proceso de queja por recurso de inconstitucionalidad en empleo público. El tribunal argumentó que no se configuraba una cuestión federal que habilite su intervención y que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa.

Recurso extraordinario federal Arbitrariedad de sentencia Relacion directa Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion


- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión del rechazo del recurso de queja en un proceso por inconstitucionalidad relacionado con empleo público y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La CSJN denegó el recurso extraordinario federal por falta de configuración de cuestión federal y por considerar que las cuestiones alegadas son propias de los jueces de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde denegar el recurso federal intentado toda vez que el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48)." "El recurrente afirma que la decisión de este Tribunal violó el derecho de defensa en juicio, debido proceso, derecho colectivo del trabajo, de propiedad, garantías de igualdad y legalidad, sin embargo no acredita la relación directa que habría entre lo resuelto y los derechos y garantías que invoca." "Todas las cuestiones que el GCBA pretende llevar a consideración de la CSJN resultan propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al trámite del recurso intentado." "La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino atender a casos excepcionales que impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como ley fundamentada." "La doctrina de la gravedad institucional tampoco autoriza la apertura de esta instancia extraordinaria, pues esa doctrina sólo faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, no a suplir la inexistencia de cuestión federal." "Las consideraciones señaladas bastan para denegar el recurso extraordinario federal deducido por el GCBA."

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