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ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AUTOTROL SACIAFEL-CONSTRUMAN SA UTE CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad, en un caso que cuestionaba la validez de una sanción administrativa y la competencia del ente para impugnar actos del Poder Ejecutivo.

Incumplimiento contractual Multa Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Servicios publicos Falta de fundamentacion Relacion directa Cuestiones de hecho y prueba Gobierno de la ciudad autonoma de buenos aires Concesion administrativa Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Interpretacion de normas infraconstitucionales Ente unico regulador de servicios publicos de la ciudad autonoma de buenos aires Renegociacion del contrato Reduccion de la multa


- Quién demanda: Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, y en última instancia, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó la validez de una multa administrativa de $4.401.750 impuesta a Autotrol SACIAFEI – Construman SA UTE, y cuestionar la competencia del ente para impugnar actos del Poder Ejecutivo relacionados con la renegociación contractual y la modificación retroactiva de sanciones.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja del ente, confirmando la decisión de la Cámara que consideró que el EURSPCABA carecía de legitimación para impugnar en sede judicial actos del Poder Ejecutivo, y que el recurso de inconstitucionalidad no presentaba un caso constitucional. La mayoría del tribunal argumentó que el ente, por su carácter de órgano de control con independencia funcional, tiene legitimación para impugnar actos que afectan los derechos de los usuarios y consumidores, incluyendo actos del Poder Ejecutivo relacionados con la prestación y regulación de servicios públicos. La disidente consideró que la queja era admisible y que correspondía analizar la naturaleza y competencias del ente en sede judicial, por lo que propuso revertir la decisión de la Cámara.

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