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AGUERO, ANTONIO APOLINARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reclamo por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó que el retroactivo abonado esté exento del impuesto a las ganancias.

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Reajustes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el agravio de ANSES sobre la omisión de aplicar el límite de la doctrina "Villanustre" y la inconstitucionalidad de los topes de la Ley 24.241. Confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y la imposición de costas a la demandada. Los principales fundamentos fueron:
- La doctrina "Villanustre" no es aplicable al régimen de la Ley 24.241, ya que el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia.
- Respecto a los topes, se difirió su tratamiento a la etapa de liquidación, pudiendo declararse la inconstitucionalidad si se verifica confiscatoriedad.
- Los decretos de emergencia que suspendieron la fórmula de movilidad de la Ley 27.426 fueron declarados constitucionales en precedentes de la Cámara.
- El retroactivo previsional no debe tributar impuesto a las ganancias por su naturaleza de "haber previsional".
- Las costas se imponen a la demandada vencida, conforme el art. 36 de la Ley 27.423.

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