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DIAZ, ALBERTO SIXTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó recalcular el haber inicial y declaró inconstitucional la norma que limitaba la movilidad del beneficio.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Movilidad Reajuste jubilatorio


¿Quién es el actor?

Alberto Sixto Díaz

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó recalcular el haber inicial según doctrina del caso "Elliff" y declaró inconstitucional la limitación temporal de la movilidad establecida por la ley. Se imponen las costas a la demandada perdidosa. Los principales fundamentos fueron:
- Se debe aplicar el índice ISBIC para actualizar las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, y luego el índice combinado previsto en la ley 26.417.
- Para los aportes autónomos, se debe calcular el haber inicial de modo que represente la misma proporción que existía entre las categorías aportadas y el haber mínimo.
- No corresponde limitar el haber reajustado de acuerdo a la doctrina de "Villanustre", ya que esa disposición era aplicable al régimen de la ley 18.037 y no al de la ley 24.241.
- Los retroactivos jubilatorios se encuentran exentos del impuesto a las ganancias en virtud del art. 20 inc. v) de la ley.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 por no verificarse las circunstancias excepcionales que habilitan su dictado.

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