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QUADRIO, MARCOS LUIS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial.

Inconstitucionalidad Anses Ley 24 241 Ley 27 426 Reajuste de haberes previsionales Actualizacion de aportes autonomos Recalculo del haber inicial


¿Quién es el actor?

QUADRIO, MARCOS LUIS

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata:
- Revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a diferir para la etapa de liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria por el ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), y diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de sentencia.
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 y ordenó el recálculo del haber inicial conforme a los parámetros establecidos.
- Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.
- Impuso las costas de alzada a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En relación a la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426, la Cámara se remitió a los fundamentos vertidos en fallos anteriores.
- Respecto al recálculo del haber inicial, la Cámara se remitió a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en "Volonté", "Makler" y "Elliff".
- Sobre la actualización de aportes autónomos, la Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia.
- En cuanto a la inconstitucionalidad de decretos del PEN, la Cámara se remitió a los fundamentos expuestos en el precedente "CIER".
- Respecto a la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, la Cámara difirió su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia.
- Sobre la inconstitucionalidad del art. 24 de la Ley 24.241, la Cámara se remitió a lo resuelto en "AMADO".
- En relación a la tasa de interés aplicada, la Cámara confirmó lo resuelto por el juez de grado.

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