ARCE, LILIANA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora reclamó reajustes por movilidad de su haber jubilatorio. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular el haber inicial considerando los aportes por servicios autónomos.
Reajustes por movilidad del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y ordenó:
- Recalcular el haber inicial considerando los aportes por servicios autónomos según la doctrina de los fallos "Volonté" y "Rodríguez"
- Diferir el tratamiento de la actualización de la PBU al momento de la liquidación
- Confirmar la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241 en caso de resultar confiscatoria su aplicación
- Dejar sin efecto la actualización del tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463
- Aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha reconocido que los aportes por servicios autónomos deben reflejarse en un mayor haber inicial
- Respecto a la PBU, corresponde aplicar la fórmula de cálculo del texto original de la ley 24.241 cuando se acredite que su falta de actualización ha generado una reducción confiscatoria
- La declaración de inconstitucionalidad de normas es un acto de gravedad institucional que debe ser la última ratio, debiéndose demostrar un perjuicio concreto
- No existe un derecho adquirido a mantener una determinada fórmula de movilidad, la cual puede ser modificada siempre que no implique confiscatoriedad o regresividad
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: