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CERNADAS, DIANA IRENE c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal confirma el otorgamiento de una pensión por fallecimiento de cónyuge al reconocer al causante como aportante irregular.

Costas Plazo de cumplimiento Ley 24 241 Pension por fallecimiento Aportante irregular Decreto 460 99


¿Quién es el actor?

Diana Irene Cernadas

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de pensión por fallecimiento de cónyuge

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES otorgar la pensión solicitada. Fundamentos principales:
- La Ley 24.241 establece que para tener derecho a prestaciones previsionales se requieren 30 años de servicios y 65 años de edad. Sin embargo, el Máximo Tribunal ha señalado que este requisito equivale al 100% de los aportes de la vida laboral masculina.
- En el caso, el causante tenía 14 años y 10 meses de servicios, lo que representa más del 50% del mínimo de servicios que se le podrían haber exigido, por lo que corresponde reconocerlo como aportante irregular con derecho a la pensión.
- En cuanto al plazo para cumplir la sentencia, al tratarse de un nuevo beneficio y no de un reclamo por diferencias mal liquidadas, corresponde confirmar el plazo de 60 días fijado por el juez de grado.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas de la apelación a la demandada vencida.

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