HERNANDEZ, ANTONIO CARLOS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central y declara la incapacidad del solicitante para obtener la beneficio de jubilación por invalidez, confirmando la valoración del porcentaje de incapacidad y fundamentando que la pericia médica es seria, objetiva y fundamentada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Hernán Hernández, interpuso recurso de apelación contra la decisión de la Comisión Médica Central que denegó su derecho a la jubilación por invalidez, al determinar un porcentaje de incapacidad inferior al requerido por la ley 24.241. La Cámara revisó la pericia médica, que determinó un 67,63% de incapacidad laborativa, y consideró que el informe cumple con todos los requisitos técnicos y científicos, además de que los profesionales del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia cuya imparcialidad está garantizada. La Cámara concluyó que los recaudos del art. 48 de la ley 24.241 estaban acreditados, revocando así la dictamen de la Comisión Médica Central y declarando la incapacidad del solicitante, ordenando además la regulación de honorarios y estableciendo las costas del proceso. La decisión se fundamenta en que el informe pericial es correcto, con fundamentos claros y valoraciones objetivas, y que las observaciones del organismo actuante no lograron conmover sus conclusiones.
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