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SUSTER NORMA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en parte las decisiones sobre la actualización de beneficios previsionales, la constitucionalidad de resoluciones y la aplicación de índices de actualización, estableciendo que el organismo demandado debe abonar diferencias y que ciertos decretos y resoluciones son inconstitucionales.

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- Quién demanda: Norma Lucia Sustar

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes diversos en la jubilación, actualización de la PBU, aplicación de índices de actualización y diferencias en los haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia y establece que el organismo demandado debe abonar las diferencias en los haberes, declara la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018 de ANSES y afirma que no corresponde aplicar el decreto 807/2016 ni la ley 27.260 en este caso, por tratarse de beneficios adquiridos antes de esas normativas. Además, se ordenan costas por su orden en la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia señala que en materia de actualización de la PBU, debe tenerse en cuenta la jurisprudencia de la Corte Suprema, específicamente los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky”, en los cuales se concluye que la incidencia de la ausencia de incrementos en componentes de la jubilación debe analizarse en la etapa de ejecución y si la merma resulta confiscatoria. Respecto a la actualización de remuneraciones, el tribunal aplicó los índices de salarios básicos de la industria y construcción para remuneraciones hasta 2009, y la ley 26.417 para desde entonces y hasta la fecha de adquisición del beneficio. La demanda se fundamenta en que la resolución 56/2018 de ANSES fue inaplicable y que el decreto 807/2016 y la ley 27.260 no corresponden aplicar en este caso, pues el beneficio fue adquirido antes de agosto de 2016 y la participación en dichos programas no es voluntaria. La Corte Suprema también declaró la inconstitucionalidad de la resolución 56/2018 por actuar sin potestad constitucional. La sentencia destaca que la actora tiene derecho a que se le reconozcan diferencias y que la actualización debe ajustarse a los parámetros señalados por la jurisprudencia y normativa vigente en cada etapa procesal.

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