CARRANZA VIVIANA GUILLERMINA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el planteo de reajuste y actualización de la PBU, sosteniendo que la normativa vigente y los precedentes judiciales establecen que la evaluación de la confiscatoriedad y los ajustes deben hacerse en la etapa de ejecución, respetando la constitucionalidad de las leyes de emergencia y las modificaciones normativas aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Viviana Guillermina Beatriz Carranza, demanda reajustes sobre su jubilación.
- La demandada es la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- La demanda reclama la actualización de la Pensión Básica Universal (PBU) y la revisión de los reajustes aplicados.
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó los agravios relacionados con la actualización de la PBU, la constitucionalidad de la ley 27.541 y la aplicación del índice de movilidad.
- La sentencia fundamenta que los precedentes de la Corte Suprema establecen que la evaluación sobre la incidencia de la ausencia de incrementos en componentes de la prestación y su posible carácter confiscatorio debe realizarse en la etapa de ejecución, con análisis del nivel general del índice de salarios y la comparabilidad con el haber inicial. Además, recuerda que la ley 27.609 sustituyó el sistema de movilidad anterior desde enero de 2021, y que la normativa de emergencia fue considerada constitucional, por lo que no procede cuestionar su validez.
- La resolución señala que la ley de emergencia y las modificaciones posteriores rigen desde sus fechas de vigencia, sin que las normas derogadas puedan ser reactivadas retroactivamente. También se ratifica que las labores de la alzada representan un 30% de la regulación en la instancia anterior.
- Finalmente, se impusieron las costas a las partes en la alzada y se regularon honorarios en función de lo actuado.
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