MUÑOZ MIRIAM MARTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en lo sustancial, en orden a la normativa sobre reajuste de beneficios y la constitucionalidad de las leyes, manteniendo la decisión de fondo en aspectos esenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Miriam Marta Muñoz, demandó a la ANSES reclamando reajustes en la prestación previsional otorgada con fecha de adquisición del derecho el 25/1/2021. La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada por la Cámara, que confirmó que las actualizaciones deben hacerse conforme a los índices legales vigentes al momento de la adquisición del derecho, considerando las normativas aplicables (ley 24.241, ley 27.426 y ley 27.609). La Sala sostuvo que la elección del índice de actualización corresponde al Poder Legislativo y que la normativa de emergencia, como la ley 27.541, no puede afectar derechos adquiridos. La Corte Suprema ha establecido que los beneficios previsionales integran el patrimonio del beneficiario y no pueden ser modificados mediante leyes posteriores que reduzcan su monto, salvo que sean arbitrarias. La Sala también rechazó la inconstitucionalidad del art. 3° de la ley 27.426 y la inaplicabilidad de la ley 27.541 al caso, pues la adquisición del derecho ocurrió antes de la vigencia de esas leyes. La discusión sobre la tasa de sustitución y la exención del impuesto a las ganancias fue desestimada por no resultar pertinente en la causa. Finalmente, se confirmaron las costas y se reguló una parte de honorarios a la letrada de la actora en el 30% de lo regulado en primera instancia.
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