RIOS GLORIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia que denegaba el reajuste de la PBU y otros agravios relacionados con la actualización de prestaciones previsionales. La decisión se sustenta en los precedentes de la Corte y en el análisis del nivel de confiscatoriedad, estableciendo pautas para la etapa de ejecución y el cálculo del haber inicial.
- Quién demanda: Gloria Gloria Noemi
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la jubilación y actualización del monto de la prestación previsional, incluyendo la forma de cálculo de la PBU y la incidencia de los incrementos en la base de cálculo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia y declara admisible el recurso de apelación. Se ajustan los criterios para calcular la PBU y la actualización de los montos, estableciendo que la comparación debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido con reajuste, o sin reajuste en caso de no haberlo, y que los aportes mediante facilidades de pago no deben actualizarse. Se remite la etapa a la ejecución para aplicar estos criterios y verificar la irrazonabilidad del art. 9 de la ley 24.463 si las diferencias superan el 15%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Considerando que la comparación a la que se refiere el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga' debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular que, si fue reajustado será sobre esos valores, pues ese es el haber que percibe. En cambio, si el haber de la PC y de la PAP no fueron reajustados, al percibir el haber inicial total sin reajustar, éste debe constituir el parámetro con el cual se debe efectuar la comparación a fin de determinar la confiscatoriedad que habilita la recomposición del haber de la PBU." Además, se señala que "los aportes que se hubieran efectuado mediante la adhesión a un plan de facilidades de pago para acceder al beneficio, no serán objeto de actualización." La sentencia también remite a la etapa de ejecución para analizar la irrazonabilidad del art. 9 de la ley 24.463, en caso de diferencias superiores al 15%.
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