ZALAZAR SANDRA ELIZABETH c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó la reinscripción de la actora en el beneficio de pensión tras la baja dispuesta por ANSES por inconsistencias en la relación de matrimonio. La sala consideró que la documentación probatoria era suficiente y que no se acreditaron vicios en el consentimiento ni causas justificadas para la suspensión del pago.
Quién demanda: Sandra Elizabeth Zalazar
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución en el goce del beneficio de pensión por fallecimiento del cónyuge, tras la baja dispuesta por ANSES por supuestas inconsistencias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia y ordenó a ANSES que restituya a la actora en el beneficio pensionario. Los jueces destacaron que la existencia del matrimonio se encontraba probada mediante acta y que no se lograron demostrar vicios en el consentimiento ni que existieran motivos suficientes para la baja. Fundamentos principales: "El matrimonio se encuentra probado debidamente con el acta de su celebración (conf. art. 423 del CCyCN) y la demandada no ha logrado demostrar que el consentimiento de los contrayentes estuviese viciado por violencia, dolo o error (conf. art. 409 del CCyC). Además, no se configura en el caso el supuesto de matrimonio in extremis (conf. art. 2436 del CCyC) que justifique la suspensión del pago de la prestación." "Habida cuenta que en el caso el matrimonio se encuentra acreditado y que la demandada no ha aportado elementos suficientes para justificar la baja, corresponde confirmar la sentencia en todos sus términos."
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